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Aprendiz de hombre

Apenas recuerdo su contenido, pero no se me ha borrado de la memoria el título memorable: “Aprendiz de hombre”. Era un texto de la Formación del Espíritu Nacional del viejo bachillerato. Acaso resuma el ideal de toda educación. No se es hombre; se aprende a serlo. Me ha venido a la memoria pensando en la asignatura de Educación para la Ciudadanía que se ha inventado el legislador. Soy escéptico; no creo que sea necesaria. Hay cosas que no son objeto de una asignatura específica sino de todas. La mejor pedagogía es la ejemplaridad. Tampoco soy hostil a ella. Puede ser una oportunidad, pero también una amenaza. Una oportunidad, si se acierta a concitar el concurso de la mayoría de la sociedad y se evita el sectarismo. Una amenaza, si se sucumbe al adoctrinamiento partidista. Me temo esto último.

Partimos quizá de una radical equivocación. No existe un derecho del Estado a educar. El titular del derecho a la educación es la persona, toda persona. En el caso del menor, son los padres los titulares, en representación de sus hijos, de ese derecho a la educación. Al Estado sólo le compete la garantía del ejercicio de ese derecho, no su administración. Ni el Gobierno ni la mayoría parlamentaria son competentes para impartir la educación ni para inocular su ideología en las conciencias infantiles. La familia es la genuina institución educadora. Las demás lo son por delegación y de forma vicaria. Son ellas, las familias, las que deben decidir la educación que han de recibir sus hijos sin más límite que los principios del orden público y el respeto a los valores básicos sobre los que se asienta la sociedad. Incluso pueden, legítimamente, criticarlos y corregirlos. En caso contrario, se impedirían la crítica y el progreso social.

A partir de esto, cabe plantear el lugar de la religión en la educación. No es correcto distinguir entre una educación pública y privada. Toda educación es pública. Existen, eso sí, centros docentes de titularidad pública y privada. La presencia de la religión en la escuela debe armonizar dos principios: la libertad religiosa y el derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos. Y ello presidido por el principio de la aconfesionalidad, que no laicismo radical, del Estado. Así, la solución resulta fácil, y va mucho más allá de la cuestión de la asignatura de Religión en la escuela pública (mejor, estatal, autonómica o municipal).

Los padres tienen derecho, en condiciones de estricta igualdad, a que sus hijos reciban una educación basada en los principios de una determinada concepción del mundo, religiosa o no. En cualquier caso, la religión es una dimensión esencial de la cultura que no puede quedar al margen del proceso educativo, ya sea bajo la forma de una educación basada en una confesión religiosa, ya sea bajo una presidida por el agnosticismo. No se trata, pues, de una mera reivindicación culturalista de la enseñanza del cristianismo. Es evidente que sin el cristianismo es ininteligible la historia de la civilización europea y, en general, la historia universal. Pero las razones a favor de la enseñanza religiosa van mucho más allá de estos obvios argumentos culturales. No se trata de enseñar el cristianismo para que los alumnos entiendan las obras de arte, la historia o la filosofía. Se trata de garantizar el derecho de los padres que así lo deseen a que sus hijos sean educados en los principios de la religión cristiana (y de cualquier otra y de ninguna).

En este sentido, el debate sobre la asignatura de Religión, con ser importante, se antoja cuestión menor. Así, no se reivindica una hora de Religión a la semana, sino el respeto al derecho de los padres a decidir la educación de sus hijos. En cualquier caso, la regulación mejor de la asignatura de Religión y sus alternativas fue la que establecía la ley aprobada por el Gobierno del Partido Popular y que no llegó a entrar en vigor por el cambio de Gobierno.

No hay mayoría parlamentaria que pueda legítimamente imponer lo que han de aprender en el orden moral todos los alumnos. Para decirlo con contundente claridad: el Gobierno podrá, y aún esto es más que dudoso, imponer por ejemplo el matrimonio entre personas del mismo sexo, pero lo que no puede es impedir que quienes así lo estimen conveniente eduquen a sus hijos en los principios de la familia que se sustenta en el reconocimiento exclusivo del matrimonio contraído entre un hombre y una mujer con la finalidad de tener hijos (algo que no puede hacer una pareja del mismo sexo) y educarlos.

El Estado no tiene derecho a dictar cómo se aprende a ser hombre y cuáles son los fines de la existencia humana. Pretender otra cosa es deslizarse por la vía que conduce al totalitarismo. El Estado democrático se sustenta en la opinión pública. La educación consiste en el proceso de formación humana que determinará el contenido de esa opinión pública. . 

Fuente: negocios.com  |  Autor: Ignacio Sánchez Cámara  |  Fecha: 17/07/06

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