¿Qué
ocurre en la Iglesia tras la muerte de un Papa? (El
cónclave y la elección de un nuevo Pontífice)
El Papa ha muerto.
¿Qué ocurre ahora? ¿Quién rige la Iglesia
mientras aguarda la elección de un nuevo pontífice?
¿Qué sucede en un cónclave? Durante el curso de
los siglos, muchos Papas han considerado su deber regular con una serie
de normas la elección del sucesor de Pedro. También Juan
Pablo II aportó importantes novedades sobre la vacante de la
sede apostólica y la elección del Romano Pontífice
en su Constitución Apostólica «Universi Dominici
Gregis» del 22 de febrero de 1996. Sus artículos
están precedidos por la experiencia de siglos y muchos proceden
de las leyes anteriores sobre la elección de un
Pontífice. Las normas son claras y precisas: la barca de Pedro
no quedará en ningún momento a la deriva.
Durante el curso de los siglos, los Sumos Pontífices han
considerado necesario regular con una serie de normas la
elección del sucesor de Pedro. Algunas de estas normas se
remontan al siglo XI, pero son muchos los pontífices que, a lo
largo de la historia, han introducido cambios significativos, entre
ellos Pío X, Pío XI, Pío XII y Juan XIII. El
último en renovar las normas había sido Pablo VI, en la
Constitución Apostólica «Romano Pontifici
eligendo» del 1 de octubre de 1975. Sin embargo, Juan Pablo II
consideró oportuno revisar la Constitución de su
predecesor, y el 22 de febrero de 1996 firmó la
Constitución Apostólica «Universi Dominici
Gregis», que introdujo importantes cambios.
Estas son sus normas principales:
¿Qué pasa con la Iglesia tras la muerte de un Papa?
Tras la muerte de un Pontífice comienza un período que se
llama de Sede Vacante. Durante este período rige el principio de
nihil innovetur (que no se innove nada). El gobierno de la Iglesia
queda confiado al Colegio de Cardenales solamente para el despacho de
los asuntos ordinarios o de los inaplazables y para la
preparación de todo lo necesario para la elección del
nuevo Pontífice (art. 2).
Durante la Sede Vacante, el Colegio de Cardenales puede reunirse en dos
tipos de reuniones: las Congregaciones Generales y las Congregaciones
Particulares. En la primera se deciden los asuntos de mayor importancia
y deben celebrarse a diario. Los asuntos se deciden por mayoría
simple de votos. La Congregación Particular la forman el
cardenal Camarlengo y otros tres cardenales elegidos por sorteo,
llamados Asistentes. En ella se deciden los asuntos de trámite y
de menos importancia.
¿Cuándo comienza el cónclave?
Los cardenales se han de reunir en cónclave para proceder a la
elección del nuevo Romano Pontífice. El artículo
37 establece que el cónclave comenzará 15 días
después de la vacante de la sede apostólica, aunque el
Colegio de Cardenales puede establecer otra fecha, que no puede
retrasarse más de 20 días desde la vacante.
¿Qué ocurre en un cónclave?
El espíritu de la legislación en vigor establece que el
cónclave haya de considerarse no un mero lugar de reunión
de los cardenales con derecho a voto, sino más bien un
ámbito de retiro sagrado en el que los cardenales electores
invocan al Espíritu Santo para proceder a la elección del
Romano Pontífice.
¿Quiénes tienen derecho a elegir al Papa?
El artículo 33 indica que «el derecho de elegir al Romano
Pontífice corresponde únicamente a los cardenales de la
Santa Iglesia Romana, excepto aquellos que, antes del día de la
muerte del Sumo Pontífice o del día en el cual la Sede
Apostólica quede vacante, hayan cumplido 80 años de
edad»: por lo tanto, si un cardenal cumple 80 años
después de producirse la vacante –antes incluso de que
comience el cónclave– tiene derecho a elegir al Papa.
El artículo 36 de la
Constitución Apostólica «Universi Dominici
Gregis» añade que «un cardenal de la Santa Iglesia
Romana, que haya sido creado y publicado en Consistorio, tiene por eso
mismo el derecho a elegir al Pontífice según el
artículo 33 de la presente Constitución, aunque no se le
hubiera impuesto la birreta, entregado el anillo, ni hubiera prestado
juramento. En cambio, no tienen este derecho los cardenales depuestos
canónicamente o que hayan renunciado, con el consentimiento del
Romano Pontífice, a la dignidad cardenalicia. Además,
durante la Sede Vacante, el Colegio de Cardenales no puede readmitir o
rehabilitar a éstos». La Constitución
Apostólica «Universi Dominici Gregis» reitera en su
artículo 33 la exclusión del derecho de elección
activa por parte de cualquier otra dignidad eclesiástica o la
intervención del poder civil de cualquier orden o grado.
El artículo 80, además,
castiga con excomunión «latae sententiae» a los
cardenales que acepten el encargo de una autoridad civil de proponer el
veto contra algún cardenal. Hasta 1904, los reyes de algunas
naciones católicas ostentaban derecho de veto en la
elección pontificia. La última vez que se usó fue
en el cónclave de 1903, en el que el emperador de Austria
vetó al cardenal Rampolla. El Papa elegido en aquel
cónclave, San Pío X, promulgó la
Constitución Apostólica «Vacante Sede
Apostólica» el 25 de diciembre de 1904, por la que se
abolía cualquier derecho de veto.
¿Quiénes son admitidos en el cónclave?
Deben entrar en las zonas reservadas a la habitación o a la
elección el Secretario del Colegio Cardenalicio, que
actúa como secretario de la asamblea electiva; el Maestro de
Celebraciones Litúrgicas Pontificias con dos Ceremonieros y dos
religiosos adscritos a la Sacristía Pontificia; un
eclesiástico elegido por el cardenal Decano, o por el cardenal
que haga sus veces, para que lo asista en su cargo. También
deberán estar disponibles algunos religiosos de varias lenguas
para las confesiones, y también dos médicos para
eventuales emergencias. Se deberá también proveer
oportunamente para que estén disponibles un número
suficiente de personas adscritas a los servicios de comedor y de
limpieza. Además,
si algún cardenal lo necesita, puede solicitar la presencia
de un enfermero que le acompañe.
¿Dónde se celebra el cónclave?
El artículo 41 señala que «el cónclave para
la elección del Sumo Pontífice se desarrollará
dentro del territorio de la Ciudad del Vaticano, en lugares y edificios
determinados, cerrados a los extraños, de modo que se garantice
una conveniente acomodación y permanencia de los cardenales
electores y de quienes, por título legítimo, están
llamados a colaborar al normal desarrollo de la elección
misma».
Se debe señalar la novedad que supone este artículo:
hasta el presente, nunca se había prescrito de modo taxativo el
lugar de celebración del cónclave. La práctica
indica la Capilla Sixtina, dentro del Vaticano, como lugar habitual del
cónclave.
En el siglo XIX, los cónclaves se celebraron en el Palacio del
Quirinal en Roma. El último cónclave celebrado fuera de
Roma se desarrolló en Venecia, entonces bajo la soberanía
de Austria, en marzo de 1800, a la muerte de Pío VI. Este Papa
falleció en Valence (Francia) en agosto de 1799, prisionero de
Napoleón Bonaparte. Estando Roma ocupada por las tropas
napoleónicas, parecía prudente celebrar el
cónclave fuera del alcance del ejército francés.
Pío VI, desde la prisión, había dado las normas
necesarias para que se pudiera celebrar el cónclave «en
cualquier lugar de cualquier príncipe católico». En
el cónclave de Venecia fue elegido Pío VII.
¿Dónde se alojan los cardenales?
El artículo 42 de la Constitución Apostólica
«Universi Dominici Gregis» introduce una novedad
importante: «En el momento establecido para el comienzo del
proceso de la elección del Sumo Pontífice, todos los
cardenales electores deberán haber recibido y tomado una
conveniente acomodación en la llamada Domus Sanctae Marthae,
construida recientemente en la Ciudad del Vaticano». En efecto,
este artículo constituye una novedad respecto a la
práctica seguida hasta el momento. En los cónclaves
romanos anteriores, los cardenales electores y las demás
personas que entraban en la clausura del cónclave eran
acomodados en las habitaciones de los Palacios Apostólicos. La
solución, aunque cuenta con el aval de los siglos, resultaba a
todas luces mejorable. En el entorno de la Capilla Sixtina se
delimitaba un recinto amplio donde pudieran alojarse tantas personas:
quien haya visitado los Museos Vaticanos puede imaginarse lo
incómodo que puede resultar para personas mayores, a veces
ancianos, residir en unas habitaciones desprovistas hasta de las
facilidades más elementales, aunque eso sí, decoradas por
los más renombrados artistas que han visto los siglos.
Por eso Juan Pablo II, que participó en los dos cónclaves
de 1978 y pudo observar estos inconvenientes, decidió buscar un
acomodo mejor. La solución ha sido la Domus Sanctae Marthae: se
trata de una residencia situada en el recinto del Vaticano, dedicada
habitualmente a alojar al personal de la Curia Romana, e inaugurada en
1996 unos días antes de la promulgación de la
«Universi Dominici Gregis». De ese modo, además, se
ofrece una solución estable de alojamiento a diversos altos
cargos de la Curia Romana: si se convoca un cónclave deben
desalojar sus habitaciones por unos días.
¿Cómo es la votación para elegir a un nuevo Pontífice?
El día fijado para el comienzo del cónclave, por la
mañana, se reúnen los cardenales electores en la
Basílica de San Pedro y celebran la misa votiva «Pro
eligendo Papa». Esa misma tarde, los cardenales acuden en
procesión a la Capilla Sixtina. Al llegar emiten solemne
juramento.
Es misión del cardenal Camarlengo, ayudado desde el exterior por
el Sustituto de la Secretaría de Estado, de que la
elección del Papa se desarrolle con la necesaria reserva y
discreción. Para ello, puede emplear los medios técnicos
que estime conveniente, de modo que asegure que no se instalen medios
audiovisuales de grabación y transmisión al exterior.
¿Cuáles son los modos de elección?
En este punto la Constitución Apostólica «Universi
Dominici Gregis» introduce una modificación significativa.
Hasta su promulgación, había tres modos de
elección del Romano Pontífice: per acclamationem seu
inspirationem (por aclamación o inspiración), per
compromissum (por compromiso) y per scrutinium (por escrutinio). La
Constitución Apostólica «Universi Dominici
Gregis» declara abolidos los modos de elección por
aclamación y por compromiso, dejando únicamente el modo
por escrutinio como válido.
El Papa era elegido por aclamación o
inspiración si los cardenales electores, «como iluminados
por el Espíritu Santo, libre y espontáneamente, proclaman
a uno, por unanimidad y de viva voz, Sumo Pontífice»
(Constitución Apostólica «Romano Pontifici
Eligendo», artículo 63). La elección por compromiso
tenía lugar si «en determinadas circunstancias
particulares, los cardenales electores encomiendan a un grupo de ellos
el poder de elegir, en lugar de todos, al Pastor de la Iglesia
Católica» (Constitución Apostólica
«Romano Pontifici Eligendo», artículo 64).
La elección por escrutinio, el
único modo actualmente válido, tiene lugar a
través de la votación, individual y secreta, de los
cardenales electores. La Constitución Apostólica
«Universi Dominici Gregis» prescribe que se deben realizar
dos votaciones cada día, además de una votación la
tarde en que comienza el cónclave. Para que sea válida la
elección debe contar con dos tercios de los votos. El
artículo 74 prevé que, si después de 24
escrutinios los cardenales no consiguen ponerse de acuerdo sobre el
Cardenal elegido, podrán decidir por mayoría absoluta el
modo de proceder, pero nunca se deberá prescindir del requisito
de exigir mayoría simple para que sea válida la
elección.
Después de cada elección se
queman las papeletas. La tradición indica que los cardenales
provoquen con paja seca o húmeda que el humo sea negro, si no se
ha elegido al Papa, o blanco si hay nuevo Romano Pontífice: se
trata de la célebre «fumata negra» o «fumata
blanca» que sale de la chimenea de la Sixtina, que puede ver el
pueblo romano congregado en la plaza de San Pedro.
¿Hay requisitos para ser elegido Papa?
La legislación canónica no impone requisitos para ser
elegido Papa: por lo tanto, se deben considerar requisitos los propios
del derecho divino para ser obispo, es decir, ser varón con
pleno uso de razón. En la práctica, sin embargo, desde
hace muchos siglos el elegido ha sido siempre cardenal.
¿Cómo acepta el Cardenal elegido ser Pontífice?
Una vez elegido, el cardenal Decano pregunta al elegido si acepta su
elección canónica como Sumo Pontífice. Si el
elegido que es obispo acepta, desde ese momento adquiere de hecho la
plena y suprema potestad sobre la Iglesia universal. Una vez que ha
aceptado, le pregunta el nombre por el que quiere ser llamado. Si el
elegido no es obispo, se procede inmediatamente a su ordenación
episcopal.
Los cardenales a continuación le
rinden homenaje y le prestan obediencia. Después el primero de
los cardenales Diáconos –es decir, el cardenal
Protodiácono– anuncia desde el balcón de la
Basílica Vaticana al pueblo reunido en la plaza de San Pedro la
elección del nuevo Papa, usando la tradicional fórmula:
«Nuntio vobis gaudium magnum: habemus Papam!». El Romano
Pontífice imparte la bendición Urbi et Orbi.
De acuerdo con el artículo 90 de la
«Universi Domini Gregis», si el elegido se encuentra fuera
de la Ciudad del Vaticano, «deben observarse las normas del
mencionado Ordo rituum Conclavis». El artículo 92 indica
que «el Pontífice, después de la solemne ceremonia
de inauguración del pontificado y dentro de un tiempo
conveniente, tomará posesión de la Patriarcal
Archibasílica Lateranense, según el rito
establecido».
Fuente: iglesia.org
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